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jueves, 28 de junio de 2012

Mercadillo Solidario

Os recordamos que hoy comienzan nuestras jornadas de Mercadillo Solidario a favor de la protectora Amigos de los Perros de Carballo.  Tenemos un puesto en la Calle Rio Lerez de Carballo, enfrente al parque de San Martiño. Habrá objetos de decoración, libros, accesorios y prendas de ropa desde 1 euro. No os olvidéis de visitarnos..
Estaremos los MARTES y JUEVES  a partir de las 7 de la tarde, y los DOMINGOS de feria desde las 10 de la mañana.

sábado, 26 de mayo de 2012

Ahora somos .ORG

Por si no os habéis dado cuenta, ahora la protectora ha cambiado su web de .com, a .org,  y el email tambien, de .com, a .org. El caso es que alguien vió dinero en el tema este de las protectoras.. y todavía sigue activo el dominio .com, si pincháis en él  por cualquier motivo, como ahora mismo me acaba de pasar a mi, buscando un tema en Google, os llevará a una página que nada tiene que ver con AMIGOS DE LOS PERROS DE CARBALLO, sino con alguien que intenta lucrarse a costa de la buena fé de la gente que intenta acceder a nuestra web, o buscar información sobre nosotros.

Está claro que el que no corre vuela.. pero por si acaso que quede claro que nosotros no tenemos nada que ver con la página www.protectoracarballo.com, llena de anuncios adsense, que provoca que cada vez que pinchemos en los enlaces pensando que estamos en la web de la Protectora, le estemos aportando unos ingresos a la persona sin escrúpulos, a mi parecer claro,  dueña ahora  del dominio  .com.

 Bueno aunque quizá también lo que pretendan es despues donarnos ese dinero que puedan estar ganando por esos anuncios, yo es que tengo siempre muy mala fé...



Que quede claro.. nuestra web es www.protectoracarballo.org

jueves, 27 de octubre de 2011

Ayuda para la protectora : Feebbo

Hace unos días os enviamos un enlace de Feebbo en Facebook, una página de encuestas online en la que pagan 1 euro por cada encuesta . Nos hemos inscrito para sacar algo de dinerito también para nuestros animales.. y os comento, al inscribiros, debéis cubrir bien vuestro perfil, para que con esos datos puedan enviaros encuestas apropiadas, y también en el momento de inscribiros debéis marcar una casilla que pone algo asi como "avisarme de las encuestas por email", así cada vez que tengan una encuesta disponible, os llegara un aviso al email. 


Sobre esto dos comentarios mas, para empezar a cobrar debéis primero completar 10 ENCUESTAS, es facil, nosotros casi las tenemos en la protectora cubiertas, y yo personalmente ya las he cubierto hace unos días. Una vez que tengáis 10 ENCUESTAS completadas, podéis solicitar la TARJETA FEEBBO, que es una tarjeta sin coste alguno, con la que podéis retirar dinero desde un cajero, dinero que acumulareis cubriendo encuestas.. no va asociada a ningún banco.. esto es importante, para los que tenéis miedo con el tema de bancos y demás. 



Vosotros cubrís encuestas, traspasais el saldo a vuestra tarjeta FEEEBBO, y podeis pagar con ella o sacar el dinero.. A nosotros por cada persona inscrita que cubra las 10 encuestas y solicite la tarjeta FEEBBO nos darán nada mas y nada menos que 0.50 ctm. Os parecera una chorrada, pero 0.50 aquí, y 0.50 allá, podemos comprar pienso para los perros.. esto es lo mas importante.. COMIDA PARA NUESTROS ANIMALES.. 




Asi que os invito desde aqui nuevamente a que os inscribáis en FEEBBO siguiendo este enlace http://www.feebbo.com/feebbo/signup/mailFriend/amigosdelosperrosXJT5XOP9gmail.com 


Y bueno os animo, porque realmente aunque os parezca mentira, es una ayudita, y por regla general estas paginas funcionan muy bien, yo personalmente estoy en otras, y consigo vales de compra para Ikea, para el Corte Ingles, etc.. , vamos que no desconfiéis.. Tampoco penséis que os vayáis a hacer ricos.. pero una ayuda es una ayuda..y encima os divertís porque las encuestas de FEEBBO son muy entretenidas. 


GRACIAS A TODOS

domingo, 8 de mayo de 2011

Ahora puedes donar via PAYPAL

Ahora si quieres también puedes donar vía Pay Pal a la PROTECTORA. Si deseáis hacer alguna donación económica por pequeña que sea siempre sera bien recibida, y creemos que sera provechoso para todos el poder hacerlo por PayPal, un método totalmente seguro y muy práctico. 

Solo tenéis que seguir el enlace que tenemos en la esquina superior derecha del blog :



Si tenéis cuenta en Pay Pal, perfecto.. si no la tenéis es muy fácil crearse una cuenta . Es totalmente gratuito tener una cuenta en Pay Pal y muy cómodo para efectuar pagos por internet sin tener que involucrar directamente ninguna cuenta bancaria.

sábado, 12 de diciembre de 2009

MERCADILLO SOLIDARIO EN CARBALLO





El proximo domingo dia 13 de Diciembre desde las 9 de la mañana,celebraremos un mercadillo en la plaza del Ayuntamiento para recaudar fondos para la protectora. No dejeis de visitarnos, tendremos desde ropa, complementos, objetos de decoracion, material donado por voluntarios y por amigos de la Protectora.





Os esperamos!


Os recordamos que siempre estamos abiertos a cualquier donación por pequeña que sea, incluso de mantas viejas, colchones para los cachorros, el invierno es muy frio.. y muchos perros abandonados vienen de vivir en casas y pisos, y se les hace mas duro todavia. 

martes, 13 de mayo de 2008

DENUNCIAS/INFRACCIONES CONTRA EL BIENESTAR ANIMAL


Ley 1/1993, de 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.

Artículo 18.

1. A los efectos de la presente Ley será infracción administrativa el incumplimiento de las obligaciones, prohibiciones requisitos establecidos en ella, así como el de las condiciones impuestas en las autorizaciones administrativas otorgadas a su amparo.

2. La responsabilidad administrativa será exigible sin perjuicio de la que pudiese corresponder en el ámbito civil o penal.

3. En el caso de celebración de espectáculos prohibidos, incurrirán en infracción administrativa no sólo sus organizadores sino también los dueños de los locales o terrenos que los hubiesen cedido, a título oneroso o gratuito.

Artículo 19.

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Artículo 20. Infracciones leves.

Son infracciones leves:

  1. El maltrato de los animales que no les cause dolor.

  2. La venta, donación o cesión de animales a menores de catorce años o incapacitados, sin autorización de quien tenga su patria potestad, tutela o custodia.

  3. La donación de animales de compañía como premio.

  4. No mantener al animal en buenas condiciones higiénico-sanitarias.

  5. Mantenerlos en instalaciones inadecuadas.

  6. No facilitarles la alimentación adecuada a sus necesidades.

  7. La utilización de animales en trabajos que los inmovilicen causándoles dolor.

  8. Ejercer la venta ambulante de animales fuera de mercados y ferias autorizados.

  9. La carencia o tenencia incompleta del archivo de fichas clínicas de los animales objeto de tratamiento obligatorio o vacunación.

  10. La posesión de un perro no censado conforme a lo previsto en el artículo 7.3 de esta Ley.

  11. El sacrificio de animales en lugares públicos.

  12. La no recogida inmediata de los excrementos evacuados por un animal de compañía en la vía pública.

  13. Cualquier otra actuación que vulnere lo dispuesto en esta Ley y que no esté tipificada como infracción grave o muy grave.

Artículo 21. Infracciones graves.

1. Serán infracciones graves:

  1. El maltrato de los animales que les cause dolor o lesiones.

  2. Mutilarlos sin necesidad o sin el adecuado control veterinario.

  3. Abandonarlos.

  4. La venta ambulante, reiterada, de animales en general, fuera de los establecimientos, ferias y mercados legalmente autorizados.

  5. La venta de animales salvajes en cautividad fuera de los establecimientos autorizados.

  6. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en los artículos 3, 4 y 5 de esta Ley, salvo lo dispuesto en el artículo 22.1.b).

  7. El suministro de estimulantes no autorizados o sustancias que puedan atentar contra su salud, excepto cuando sea por prescripción facultativa.

  8. La no vacunación o el no tratamiento obligatorio de los animales.

  9. La venta de animales enfermos, salvo que se trate de un vicio oculto, no conocido por el vendedor.

  10. La cría o comercialización de animales sin cumplir los requisitos correspondientes.

  11. La tenencia de animales peligrosos sin las medidas de protección que se fijan.

  12. El incumplimiento de cualquier otra de las condiciones supuestas en las autorizaciones administrativas.

2. Se considerará, asimismo, como infracción grave la reincidencia en infracción leve, entendiendo que existe tal reincidencia cuando se comete una infracción leve del mismo tipo que la que motivó una sanción anterior en el plazo de trescientos sesenta y cinco días siguientes a la notificación de ésta, se requerirá que la resolución sancionadora hubiese adquirido firmeza.

Artículo 22. Infracciones muy graves.

1. Son infracciones muy graves:

  1. El maltrato de los animales que les cause la muerte.

  2. La organización y celebración de espectáculos, peleas u otras actividades con animales que impliquen crueldad o maltrato o puedan ocasionarles sufrimientos.

  3. La venta de animales con enfermedad infectocontagiosa conocida.

  4. La venta de animales para experimentación sin la debida autorización o a centros no autorizados.

  5. La esterilización o el sacrificio de animales sin control facultativo.

  6. La reiteración en faltas graves.

2. Se considerará, asimismo, como infracción muy grave la reincidencia en infracción grave, entendiendo que existe tal reincidencia cuando se comete una infracción grave del mismo tipo que la que motivó una sanción anterior en el plazo de trescientos sesenta y cinco días siguientes a la notificación de ésta; se requerirá que la resolución sancionadora hubiese adquirido firmeza.

Artículo 23. Prescripciones de las infracciones.

Las infracciones leves prescribirán a los seis meses, las graves a los doce meses y las muy graves a los dos años.

CAPÍTULO II.
DE LAS SANCIONES

Artículo 24. De las sanciones pecuniarias.

1. Las infracciones indicadas en el capítulo anterior serán sancionadas con multas de:

  1. Las leves, de sanción de 30.05 a 300.51 €

  2. Las graves, de sanción: 300.52 a 3005.06 euros

  3. Las muy graves, de 3005.07 a 15025.30 euros.

2. La imposición de las sanciones previstas corresponderá a:

  1. El Alcalde del Ayuntamiento, para las infracciones leves.

  2. El Director general de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias, para las infracciones graves.

  3. El Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, para las muy graves.

3. La incoación de los expedientes sancionadores, cuya tramitación se adecuará a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, corresponderá a los Delegados de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.

4. Reglamentariamente se determinarán los supuestos en que la incoación y tramitación puedan ser encomendadas a los Ayuntamientos.

Artículo 25. De las sanciones no pecuniarias.

En la resolución del expediente sancionador, además de las multas a que se refiere el artículo anterior, los órganos competentes podrán imponer las siguientes sanciones:

  1. El cierre temporal o definitivo, respectivamente, para las infracciones graves o muy graves, de los establecimientos regulados por esta Ley.

  2. La prohibición temporal o permanente, respectivamente para las infracciones graves y muy graves, del ejercicio de actividades comerciales reguladas por la Ley.

  3. La incautación de los animales objeto de actividades ilegales o de abandono para cualquier tipo de infracción.

  4. En el caso de federaciones o de cualquier otra entidad no lucrativa, para infracciones graves o muy graves, podrá suspenderse temporalmente o en casos muy graves definitivamente, el ejercicio de sus actividades.

Artículo 26. Graduación de las sanciones.

La imposición de las sanciones prescritas por la Ley se graduará conforme a los siguientes criterios:

  1. La trascendencia social o sanitaria y el perjuicio causado por la infracción.

  2. El ánimo de lucro y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión de la infracción.

  3. La importancia del daño causado al animal.

  4. La reiteración o reincidencia en la comisión de infracciones.



A dónde acudir si queremos presentar alguna denuncia:
  • Agentes Forestales de las Delegaciones Provinciales de la Conselleria de Medio Ambiente
  • Policia Local del Ayuntamiento Correspondiente
  • Servicio de Protección da Natureza (SEPRONA) y a la Guardia Civil (Tfno.:062)
  • Policia Autonómica. Xunta de Galicia

Nota: en la web de la Xunta de Galicia, en el apartado correspondiente a las sanciones, aparece como infraccion muy grave "la esterilización", a secas.. y se han olvidado de poner el resto "o el sacrificio de animales sin control facultativo". Está claro que la esterilización no es una falta muy grave.. sino un medio de control bastante útil, siempre y cuando se lleve a cabo bajo control facultativo.. Ni que decir tiene que se trata de un error, y supongo se corregirá en breve.

OBLIGACIONES LEGALES PARA PROPIETARIOS DE PERROS

Nos parece interesante y útil lo que acabamos de leer en la pagina de la Xunta de Galicia, Consellería de Medio Ambiente, y aquí os lo reproducimos.

Se trata de las OBLIGACIONES LEGALES PARA LOS PROPIETARIOS DE PERROS:

Obligaciones Básicas:

* Cartilla sanitaria actualizada (vacunaciones y desparasitaciones).
* Implantación de microchip en el perro (a partir del 2 de julio de 2003).
* Licencia municipal (solo para potencialmente peligrosos)
* Inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos (solo para potencialmente peligrosos)


Otras obligaciones básicas:

* Tratarlos humanitariamente.
* Mantenerlos en buenas condiciones higiénico sanitarias.
* Adoptar medidas para que no ensucien los espacios públicos, no causen molestias y no pongan en peligro a los que vivan en su entorno.
* Censarlos.
* Responsabilizarse de los daños y pérdidas que ocasionen, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de los propietarios.
* Proporcionarle alimentación, y agua e cuidados que estén en consonancia con las necesidades fisiológicas y etológicas del animal.
* Facilitarle un alojamiento adecuado, cómodo e higiénico
* No maltratarlo.
* Non subministrarles substancias que puedan ocasionarles sufrimientos o daños innecesarios, ni para aumentar su rendimiento, salvo que se efectúe por prescripción facultativa.
* No abandonarlo.
* Adoptar las medidas necesarias para que el animal no pueda acceder libremente a las vías y espacios públicos o privados, así como impedir el libre acceso a personas, animales o cosas que se encuentre en ellos.
* Procurarán que la circulación y transporte de los animales por la vía pública se lleve a cabo con las adecuadas medidas de protección.
* Alojarán los animales en caniles, cuadras, o recintos y demás alojamientos que reunan los siguientes requisitos:
o Ser estancos con respecto al medio exterior.
o Adecuadas condiciones de ventilación e iluminación.
o Condiciones higiénicas adecuadas.
o Dimensiones apropiadas que permitan la estancia cómoda del animal.
o Cierres que sin dañar al animal, eviten las fugas de los mismos.
o Disponer de espacio apropiado para el ejercicio de los animales
o Disponer de agua potable, de un sistema de agua a presión para la limpieza y de un sistema de evacuación de aguas residuales.
o Si el propietario tiene al animal en viviendas urbanas, queda condicionado a las circunstancias higiénicas óptimas del alojamiento, a la ausencia de riesgos en el aspecto sanitario y a la inexistencia de molestias para los vecinos.

PROHIBICIONES:

* Maltratar o agredir fisicamente a los animales o someterlos a cualquiera otra práctica que les suponga sufrimiento o daño injustificado.
* Abandonarlos.
* Usar mecanismos que destinados a limitar su movimiento o a impedirselo les produzcan daños y sufrimientos, en especial los que le impidan mantener la cabeza en posicion natural.
* Desatender la alimentación del animal, o reducirla a un nivel de simple subsistencia.
* Mantenerlos en condiciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico sanitario.
* Obrigarlos a trabajaro a producir en caso de enfermedad, desnutrición, asi como cuando exista riesgo de una sobreexplotacion que ponga en riesgo su salud.
* Subministrarles substancias no permitidas con la finalidad de aumentar su rendimento o producción.
* Mutilarlos, excepto cuando lo supervise un facultativo competente en caso de necesidad o para conseguir presentación habitual de la raza.
* Venderlos o cederlos a laboratorios, clínicas y particulares con objecto de ser utilizados en experimentación, sin la correspondiente autorización.
* Venderlos a menores de 16 años y a personas incapacitadas, sin la autorización de aquellos que tengan la potestad paterna o custodia.
* Ejercer la venta ambulante de animales sin la correspondiente autorización municipal, o fuera de los lugares y mercados indicados para ello.
* El sacrificio no eutanásico de los animales de compañía.
* A celebración de certámenes, concursos, exposiciones o concentraciones de animales sin la autorización previa de la Consellería de Medio Ambiente.
* A posesión, exhibición, compraventa, cesión, circulación, donación o cualquier otra forma de transmisión de especies protegidas por normativa vigente.
*La tenencia de animales peligrosos para el hombre sin disponer de recintos adecuados , y la circulación en espacios públicos sin las garantías de seguridad
* Cualquier otra acción u omisión tipificada como infracción por los artículos 20, 21 e 22 da Lei 1/1993.

FUENTE : Página Web de Xunta de Galicia, Conselleria de Medioambiente e DesenvolvementoSostenible.

miércoles, 7 de mayo de 2008

NUESTRAS INSTALACIONES


Poco a poco ya se están viendo las mejoras en nuestras instalaciones.. Creemos que están quedando muy bien, y supongo que nuestros amiguitos los perros, nos lo estén agradeciendo.. El lugar donde esta ubicado el refugio, la verdad es que se encuentra en plena naturaleza, sin carreteras cerca, ni polución.. incluso y tenemos el río Allones a un paso. Francamente.. estamos muy contentos del aspecto general de nuestra protectora. Vosotros que creéis??


CAMPAÑA DE CONCIENCIACION EN ARTEIXO


Promovido por el Ayuntamiento de Arteixo y Medio Ambiente del mismo Ayuntamiento, se esta desarrollando unas jornadas de concienciación sobre los cuidados de los animales y su comportamiento en espacios públicos, dentro de la campaña PONLLE O CHIP, PONTE O CHIP.

Colaboran en esta campaña la Clínica Veterinaria Travesía, la Clínica Veterinaria Arteixo y nuestra asociación. Durante las próximas semanas una de nuestras voluntarias se encargará de realizar pequeñas encuestas en Arteixo, así como repartir folletos con las Ordenanza Municipales, donde se regula la posesión y custodia de los Animales de Compañía (publicada en el BOP nº 178, 4 de agosto del 2004).

Agradecimientos al Ayuntamiento de Arteixo por permitirnos colaborar en este proyecto... creemos que una concienciación de la población acerca de las obligaciones y derechos para con sus animales de compañía, es primordial.. para que incluso Asociaciones Protectoras como la nuestra, no tengan ni que existir..




sábado, 29 de marzo de 2008

ESTRENAMOS WEB

Porque pensamos que podemos llegar a muchas mas personas, y porque consideramos que nuestros animalitos se merecen que intentemos luchar por ellos con todos los medios, hemos decidido estrenar una web..www.protectoracarballo.com. Todavía esta en construcción, pero esperamos que en poco tiempo esté totalmente activa.



A parte de la direccion de correo electrónico creada para este blog, amigosdelosperros@gmail.com y que gestiona una colaboradora de la Asociación, hemos puesto en funcionamiento esta otra, info@protectoracarballo.com .

Nuestro teléfono de contacto no varía tampoco, sigue siendo el 679.307.272

Os esperamos !!

miércoles, 12 de marzo de 2008

SALIMOS EN PRENSA

La Voz de GaliciaFuente : La Voz de Galicia

Gracias a La Voz de Galicia por hacernos un hueco en sus noticias. Y gracias a todos aquellos que se han preocupado por nuestra situación.

domingo, 9 de marzo de 2008

COMENZANDO...

Después de toda una vida dedicada al cuidado de animales necesitados, y viendo que en la zona de Carballo era necesaria un refugio, dado el alto nivel de abandono y desprotección que sufren los perros de la zona, Araceli Vila Regueira, decidió fundar una asociación sin animo de lucro, independiente y apolítica que vio la luz el pasado año 2007 en forma de Asociación Amigos de los Perros de Carballo (Cif: G-70134218).

Los OBJETIVOS de la Asociación Amigos de los Perros de Carballo, (en adelante A.A.P.C), dentro de sus escasas posibilidades, son:

  • Recoger perros abandonados, bien sean callejeros, o frutos de camadas no deseadas, así como animales que son abandonados en clínicas veterinarias.
  • Fomentar la adopción, siempre responsable, de los animales, bien sean de la Asociación, o de animales recogidos en casas de acogidas.
  • Educar a la población de Carballo y alrededores sobre el respeto a los animales.
  • Reeducar aquellos perros que por motivos de maltrato y abandono se hayan vuelto ariscos e insociables.
  • Velar en la medida de lo posible que se cumpla la legislación vigente en el tema de protección animal.

Pese a su pequeña andadura, la A.A.P.C cuenta ya con 64 animales recogidos, y están pendientes de recibir otros 7, todavía cachorros. Sus instalaciones, situadas en el domicilio particular de la Presidenta, cuentan con unas instalaciones básicas, y con proyecto de ampliación de más caniles . El refugio esta debidamente vallado y acondicionado para que los animales se encuentren cómodos y en plena naturaleza.

La mayoría de los gastos básicos de la Asociación, como pueden ser teléfono, luz, agua, material administrativo e informáticos, transporte de animales, son sufragados en su totalidad por la presidenta. Esporádicamente empresas privadas nos donan medicinas, alimentos, materiales. Debido a la cantidad de perros acogidos, y a los pocos beneficios obtenidos mediante ingresos como pueden ser donaciones o cuotas de socios, así como la falta de ayuda por parte de organismos oficiales, los gastos de alimentación, vacunas, gastos extras de mantenimiento, son también en su mayoría costeados por la Presidenta y la Vicepresidenta.

En la actualidad contamos con unos pequeños ingresos provenientes de cuotas de socios, con la colaboración de 4 veterinarios de la zona que ofrecen sus servicios de manera altruista, esterilizando para solucionar el problema de la superpoblación, y vacunando los animales que llegan al refugio, pero los gastos de alimentación, medicinas, mantenimiento (limpieza y materiales de desinfección) siguen siendo desorbitados para poder seguirse costeando de manera personal.

Los trabajos que deben efectuar todos los días, como pueden ser la limpieza de los caniles, la alimentación de los animales, el llevarlos al veterinario, o a pasear, son realizados por miembros de la junta directiva y por un solo voluntario con el que cuenta la asociación.

En nuestras instalaciones, salvo por causas justificadas, y siempre bajo la supervisión de un veterinario, no se sacrifica ningún perro, y todos son entregados en adopción debidamente desparasitados, con microchip, vacunados, e inclusive algunos esterilizados, y bajo un contrato de adopción del animal debidamente cumplimentado (adjuntamos copia del documento que utilizamos para realizar las adopciones.

Entre nuestros próximos objetivos, están aparte de realizar las obras de los nuevos caniles, realizar campañas para conseguir socios y voluntarios, y la creación de una pagina Web para difundir nuestros principios .

Necesitamos por ello, y con carácter de urgencia, ayuda económica para superar la primera etapa de la Asociación, y la que consideramos mas difícil, si ya normalmente los gastos de manutención y veterinaria nos resultan excesivos para nuestros bolsillos, el realizar las obras de adecuación de los caniles nos supone un obstáculo insalvable que necesitamos vencer, por el bien sobre todo de los animales que tenemos en el refugio que de no contar con nuestra ayuda, probablemente sean alojados en perreras municipales con el consiguiente riesgo de ser sacrificados.

Atentamente,

Araceli Vila Regueira

Presidenta de Amigos de los Perros de Carballo

Telf: 679-307272